miércoles, 14 de noviembre de 2012

LEY DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA DE MAXIMILIANO 1865








La enseñanza técnica durante el Segundo Imperio.
Tomás Rivas Gómez
Presidencia del Decanato IPN
Introducción


Durante el llamado Segundo Imperio Mexicano (D. 1) se fueron dando las bases
para la consolidación del Estado moderno mexicano, fue parte de este proceso
evolutivo que se venía dando desde la consumación de la independencia. A lo
largo  de  los  tres  años  que  duró  (1864-1867)  se  pueden  encontrar  rupturas  y
continuidades con los proyectos políticos de nación que se contemplaron a lo largo
del siglo XIX. En particular con los del partido liberal, más que con los del partido
conservador.  En  materia  educativa  encontraremos,  también,  muchas  similitudes
entre los proyectos presentados por el emperador Habsburgo y los liberales antes
y después de este episodio nacional.
El  presente  trabajo  busca  exponer  las  propuestas  del  (D.  2)  monarca
austriaco respecto a la enseñanza técnica como parte del proyecto educativo que
pretendió establecer en el país. Para esto me apoyaré en la ley de Instrucción
pública del 27 de diciembre de 1865 y dada a conocer en enero de 1866, en El
Diario   del   Imperio.   De   la   misma   manera   trataré   de   contrarrestar   la   idea
generalizada de que el imperio cerró diversas escuelas por ser consideradas como
un reflejo del pensamiento liberal mexicano. Esto con la finalidad de dar a cada
personaje su justa dimensión histórica en función a su contribución al desarrollo
educativo del país y, no como una reivindicación del monarquismo.


La llegada de Maximiliano a México y la ley de Instrucción Pública


La llegada de los emperadores a la Ciudad de México (D. 3) se produjo en junio de
1864.   Inmediatamente   Maximiliano   de   Habsburgo   integró   su   gabinete   con
miembros del partido liberal, en su mayoría de los llamados moderados, lo cual le
produjo   algunas   fricciones   con   el   grupo   conservador.   En   el   Ministerio   de
Instrucción Pública y Cultos colocó a Manuel Siliceo, un liberal moderado; quien

en el gobierno del general Ignacio Comonfort ocupó el ministerio de Fomento y
contribuyó a la creación de la Escuela de Artes y Oficios de 1856. (D. 4) En una
carta publicada en El Diario del Imperio, Maximiliano le señaló al ministro Siliceo,
lo  que  debería  de  ser  la  educación  en  el  Imperio  Mexicano;  hablaba  de  la
gratuidad y obligatoriedad de la instrucción, principalmente en la primaria y de las
materias  que  se  deberían  de  cursar  en  sus  diferentes  niveles.1  La  importancia
dada por el archiduque a la educación puede relacionarse con la formación que él
mismo había recibido. Ésta incluyó el estudio de diversas lenguas como alemán,
inglés,  francés,  húngaro,  italiano  y  más  tarde  español;  otras  de  las  ramas  que
comprendía su programa de formación tenía que ver con la historia, el derecho
constitucional, economía, geografía y ciencias naturales; Ernesto Meneses agrega
que  además  estudió  leyes,  contaduría  y  tecnología,  aunque  no  precisa  en  que
consistió esta última materia.2
El ministro Siliceo, a manera de respuesta, escribió un texto (D. 5) en donde
hablaba  del  estado  de  la  educación  durante  el  periodo  colonial;  éste  escrito  le
causó serios problemas porque fue fuertemente criticado por los conservadores lo
cual lo obligó a renunciar al ministerio.3 Por tanto al ministro Francisco Artigas le
correspondió la publicación de la Ley de Instrucción Pública del 27 de diciembre
de 1865 y dada a conocer por El Diario del Imperio el 15 de enero de 1866. Es un
texto  amplio,  al  inicio  presenta  una  carta  del  ministro  en  donde  le  dice  al
emperador  que  ésta  es  la  respuesta  a  la  epístola  que  Maximiliano  dirigió  a  su
antecesor Siliceo.4 (D. 6) Posteriormente se publica la Ley de Instrucción Pública
la cual contiene cinco títulos, 20 capítulos y 172 artículos.5 Después es mostrado
el  reglamento  de  la  misma  ley,  este  se  encamina  básicamente  a  la  instrucción
secundaria  y  superior.  La  ley  presenta  en  el  título  primero  lo  que  serían  las


1 Cf., El Diario del Imperio, México, tomo I, número 136, miércoles 14 de junio de 1865, p. 557.
2 Cf.,  Konrad  Ratz,  Maximiliano  de  Habsburgo,  México,  Planeta  de  Agostini,  2002,  p.  25.  Cf.,
Ernesto   Meneses   Morales,   Tendencias   educativas   oficiales   en   México   1821-1911,   México,
Universidad Iberoamericana, Centro de Estudios Educativos, 1998, pp. 120-126.
3 Cf., El Diario del Imperio, México, tomo II, número 164, miércoles 18 de julio de 1865, pp. 57-60.
Véase, Francisco de Paula de Arrangoiz, México desde 1808 hasta1867, México, ed. Porrúa, 1985,
p. 640. La cuestión de la renuncia de Manuel Siliceo se puede ver en El Diario del Imperio, México,
tomo II, número 242, jueves 19 de octubre de 1865, p. 389.
4 El Diario del Imperio, México, tomo III, número 313, lunes 15 de enero de 1866, pp. 57-58.
5 Ibídem, pp. 59-64.


diferentes  clases  de  instrucción  que  se  impartirían  en  el  imperio,  (D.  7)  estas
serían: la instrucción primaria; la instrucción secundaria; la instrucción superior de
facultades y los estudios especiales.6
En cuanto a la instrucción primaria, ésta se contempla en el título segundo y
en  los  artículo  del  dos  al  seis;  en  estos  se  pueden  ver  varias  de  las  medidas
propuestas por Maximiliano, como sería la de obligatoriedad y la gratuidad de la
misma, aunque se pretendía cobrar un peso mensual por niño, quien no lo pudiera
pagar, es decir, los más pobres, (D. 8) para ellos sería gratis; menciona el papel
de las autoridades como vigilantes para que los padres envíen a sus hijos a la
escuela.  Refiere  además  que  la  instrucción  quedará  bajo  la  vigilancia  de  los
ayuntamientos y bajo la dirección del Ministerio de Instrucción Pública y Cultos, y
la cual se ejercería por medio de los prefectos. Por último señala que la educación
primaria se ajustará a las leyes y reglamentos especiales.7
En lo referente a la instrucción secundaria, (D. 9) destacar que, para ser
admitido  a  éste  nivel,  los  alumnos  deberían  de  presentar  un  examen  para
comprobar que han cumplido con la formación primaria y los aspirantes deberían
de  mostrar  un  certificado  expedido  por  “personas  legalmente  autorizadas”.  Un
punto importante es el de la duración de la instrucción secundaria, la cual se “dará
en siete ó ocho años en establecimientos públicos ó privados” y se contemplan las
materias a impartirse las cuales serían: Lengua castellana y su literatura; lengua
latina  y  su  literatura;  lengua  griega  y  su  literatura;  historia  y  geografía;  historia
natural y física; matemáticas; lógica; metafísica y filosofía moral; idioma francés,
idioma   inglés,   dibujo;   caligrafía;   conocimiento   de   taquigrafía;   historia   de   la
literatura  general;  tecnología,  sin  especificar  su  contenido,  aunque  después  da
algunos  ejemplos  cuando  habla  de  los  Liceos;  teneduría  de  libros.8  Como  se
puede ver, el plan de estudios contemplado para la instrucción secundaria era muy
completo y cubría las expectativas del emperador; varios de los puntos propuestos
por él en la carta al ministro Manuel Siliceo se pueden apreciar en los artículos de
la  Ley  de  Instrucción  Pública  propuesta  para  el  Imperio  Mexicano.  Incluso  se

6 Ibídem, p. 59.
7 Loc. cit.
8 Loc. cit.


uede señalar que va más allá al proponer las multas a los padres por no enviar a
sus  hijos  a  la  escuela,  esto  con  el  fin  de  fortalecer  la  idea  de  obligatoriedad  y
porque para el emperador, una de sus prioridades era la de crear una sociedad
bien  educada  (D.  10)  para  aspirar  a  una  mejor  posición  entre  las  naciones
civilizadas. Esta idea de la obligatoriedad, ya se comenzaba a contemplar en la ley
de instrucción Pública dictada en 1861 por el ministro Ignacio Ramírez, bajo la
presidencia de Benito Juárez.9 (D. 11)
Dentro de los diversos aportes que brindó el Segundo Imperio a la educación,
fue el estudio de la materia de Tecnología, particularmente en los Liceos, tomados
estos del modelo francés, los cuales se les puede considerar como parte de le
instrucción secundaria, lo que vendría a ser un equivalente de la educación media
superior de nuestros días. En el reglamento que acompaña la ley de Instrucción
Pública, el cual se enfoca precisamente a la educación media y la impartida en los
Liceos, se señalan las materias que se cursaran y en que planteles se hará dicho
estudio,  estos  centros  de  enseñanza  se  dividían  según  las  diversas  ramas  de
especialización señalas por la ley, en el caso del colegio de artes indica: “objeto:
Conocimiento compendioso de las máquinas que más frecuentemente se usan en
la vida común e industrial y su manera de funcionar; de la construcción de los más
sencillos  edificios,  de  los  gastos  de  su  fabricación  y  modo  de  conservarlos;
conocimiento de las producciones brutas y de la elaboración de las manufacturas
más comunes en la industria y el comercio (cinco lecciones semanales)”.10 Agrega
líneas más adelante que: (D. 12) “Tecnología Mecánica: Las fuerzas naturales que
se emplean más comúnmente en la vida práctica, y el modo de medirlas, de las
diferentes clases de máquinas, partes principales de las compuestas y su diversa
aplicación  a  la  industria;  conocimientos  preliminares  sobre  el  modo  de  hacer
conductos   de   agua   y   de   gas,   sobre   caminos,   ferrocarriles,   vagones   y
locomotoras”.11  La  materia  de  tecnología  arquitectónica  cubriría  los  aspectos


9 “Decreto  del  gobierno.  Sobre  arreglo  de  la  Instrucción  pública”,  15  de  abril  de  1861,  en  Manuel
Dublán  y  José  María  Lozano,  Legislación  mexicana  o  colección  completa  de  las  disposiciones
legislativas expedidas desde la independencia de la república, ordenada por los licenciados Manuel
Dublán y José María Lozano, doc. 5310, tomo IX, 1878, p. 150.
10 El Diario del Imperio, México, tomo III, número 313, lunes 15 de enero de 1866, p. 68.
11 Loc. cit.

uientes:  “Construcción  de  los  más  sencillos  edificios  de  habitación  y  de  uso
industrial, plano de fábrica; partes del edificio; operarios y materiales necesarios
para fabricar una casa, modo de hacer un presupuesto de los gastos, nociones
sobre el arte de componer caminos, diques y puentes”.12 Como se puede apreciar,
desde muy temprano en la formación de los jóvenes, se pretendía instruirlos con lo
mejor en cuanto a las materias a impartirse en los Liceos, dentro de los estudios
preparatorios  para  la  instrucción  superior,  encaminada  ésta  a  la  enseñanza
técnica.
La instrucción superior, fue contemplada en el título IV, capítulo XVIII; se
dividirá en dos ramas, (D. 13) “el estudio de facultad mayor que conduce á una
carrera  literaria,  y  el  de  estudios  profesionales  que  conducen  á  una  carrera
práctica”. Para los estudios del primer tipo se tendrán por lo menos tres escuelas,
(D. 14) la de Derecho en donde estudiarán los abogados, agentes y notarios; la de
medicina para la formación de los médicos y farmacéuticos y otra de filosofía en
donde se prepararán “los profesores de los establecimientos públicos secundarios
y primarios, y los que aspiren a las colocaciones facultativas de la Administración”.
En lo relativo a los estudios que conducen á una carrera práctica se darán,
también, en tres escuelas; la militar para formar a los militares facultativos y de
armas especiales; la de minas para ingenieros de minas teórico – prácticos y la
Politécnica para los ingenieros mecánicos, topógrafos y civiles, esto en tanto no se
establezcan  otras  escuelas.  (D.  15)  Se  reconoce  en  el  texto  la  escuela  de
Medicina, “salvo las modificaciones que determine la ley”. Agrega que “subsistirán,
mientras se organizan debidamente, la Escuela de Agricultura y la de Comercio”.13
(D. 16)
Aquí   podemos   encontrar   una   aportación   relevante,   la   segmentación
propuesta  por  el  ministro  Artigas  en  cuanto  a  dividir  la  instrucción  superior  en
estudios literarios y en prácticos, es una contribución novedosa que se da en el
Segundo  Imperio,  lo  cual  permite  ver  la  idea  que  intentó  desarrollar  el  propio
emperador.  De  la  misma  manera  se  puede  apreciar,  en  estas  líneas,  lo  que


proponía Maximiliano para la educación técnica en México, al mantener la mayoría
de establecimientos destinados a este fin; cuestión que ha sido negada por otros
investigadores. Y de modo particular el establecimiento de la Escuela Politécnica,
retomada de los modelos europeos, pero que resultaba una propuesta interesante
para el caso mexicano.
Por ejemplo en lo concerniente a la escuela de Comercio, se dice que cerró
su puertas ante la llegada de las tropas francesas a la capital de la República, su
director para esos momentos era don Antonio García Cubas. A finales de 1863, se
reabre la escuela, ahora bajo la dirección de Eugenio Clairín, profesor de origen
francés identificado con la intervención y posteriormente con el imperio, y quien ya
había sido director de la Escuela de Comercio bajo el gobierno del general Santa
Anna.14  En la memoria del Ministerio de Fomento, presentada en 1865 ante el
emperador, “aparece el programa de la Escuela donde se especifican las cátedras
que deben cursarse, en 1865, así como lo textos a usar y los profesores de cada
materia, el cual se publicó para conocimiento de los padres de familia”.15 En ese
mismo año de 1865 y de acuerdo a los señalado por el Estatuto Orgánico del mes
de abril, la “Escuela Especial de Comercio, así como la Escuela Imperial de Minas
y la Academia de la Purísima de Guanajuato, pasan del Ministerio del Fomento al
Ministerio de Instrucción Pública y Cultos”.16  Otra de las disposiciones dictadas
por  Maximiliano  es  la  de  que  todas  las  escuelas  y  sociedades  científicas  y
literarias le remitan al Diario del Imperio a partir de enero de 1866 artículos de su
especialidad; lo cual resalta la importancia que le dio el emperador a la difusión del
conocimiento. (D. 17)


El problema del cierre de escuelas. A manera de reflexión final


El periodo del Segundo Imperio puede ser visto desde diferentes ángulos, para
algunos fue una etapa oscurantista en donde todos los males cayeron sobre el

14 María de los Ángeles  Rodríguez Álvarez y María Eugenia Yáñez Morales, ESCA. Pionera en la
enseñanza comercial, contable y administrativa en América, 150 años de vida: 1845-1995, México,
Instituto Politécnico Nacional, Escuela Superior de Comercio y Administración, 1995, p. 36.
15 Loc. cit.
16 Loc. cit.


país. Otros lo ven como un paréntesis en la historia de México, como si el tiempo
se hubiera detenido a lo largo de los tres años que duró y puesto a andar a partir
del triunfo de las fuerzas republicanas. Para otros, consideramos al Imperio como
parte del proceso de formación del Estado moderno mexicano. (D. 18) En materia
educativa son muchas las similitudes que se dan antes y aun después, entre los
proyectos   educativos   planteados   por   el   monarca   austriaco   y   los   gobiernos
liberales  mexicanos.  El  mejor  ejemplo  de  esto,  es  el  no  cierre  de  instituciones,
como serían la Escuela Imperial de Comercio, y la Imperial de Minas, las cuales
continuaron funcionando durante y después del Imperio.17
En la historiografía mexicana se ha manejado la idea de que el imperio cerró
diversas escuelas por considerarlas contrarias a sus postulados. La cuestión del
cierre  de  las  escuelas  es  más  bien  una  cadena  de  errores  historiográficos,  los
cuales a fuerza de repetir se convirtieron en una especie de verdad histórica. Por
ejemplo, Sergio Sánchez señala que el imperio cerró la escuela de artes y oficios
“porque era fruto y símbolo de los liberales”18  pero a la llegada  del emperador
dicha  escuela  ya  se  encontraba  cerrada.  Otra  autora,  Luz  Elena  Galván  de
Terrazas, en su trabajo “La educación Técnica, ámbito de estudio en la historia de
la educación”, cae en la misma idea respecto a la educación técnica, la autora
señala que el emperador no tenía la intención de apoyarla “De hecho la Escuela
de Artes y Oficios fue clausurada”.19  Fue todo lo contrario, el archiduque busco
impulsarla al buscar crear la escuela politécnica. (D. 19)

17 Para  la  Escuela  Superior  de  Comercio  Véase,  Alberto  María  Carreño,  “La  Escuela  Nacional  de
Comercio  y  la  Escuela  Superior  de  Comercio  y  Administración”,  en  Divulgación  Histórica,  México,
vol.  IV,  año  4,  febrero  de  1943, p.  186;  véase  María  de  los  Ángeles  Rodríguez  Álvarez  y  María
Eugenia  Yáñez  Morales,  ESCA.  Pionera  en  la  enseñanza  comercial,  contable  y  administrativa  en
América, 1995, pp. 34-38. Para la escuela Imperial de minas Véase, María de la Paz Ramos Lara,
“El  colegio  de  minería,  la  Escuela  Nacional  de  Ingenieros  y  su  proyección  en  otras  instituciones
educativas  de  la  ciudad  de  México  (siglo  XIX)”,  en  María  de  la  Paz  Ramos  Lara  y  Rigoberto
Rodríguez Benítez (coord.), Formación de ingenieros en el México del siglo XIX, México, 2007, pp.
21-45, en particular pp. 26-27.
18 Sergio Sánchez Hernández, “Las escuelas de Artes y Oficios” en, Entorno histórico del Instituto
Politécnico Nacional, conferencias 60 aniversario, México, Instituto Politécnico Nacional, Dirección
General, Presidencia del Decanato, 1996, p. 63.
19 Cf., Luz Elena Galván de Terraza, “La educación Técnica, ámbito de estudio en la historia de la
educación”, en Entorno histórico del Instituto Politécnico Nacional, conferencias 60 aniversario,
México, Instituto Politécnico Nacional, Dirección General, Presidencia del Decanato, 1996, p. 125.

En esta cadena de equivocaciones, se llega a un texto de  la doctora Anne
Staples titulado “Alfabeto y Catecismo, salvación del nuevo país”, reeditado en el
texto  La  educación  en  la  historia  de  México;  en  él  la  autora  hace  referencia  al
cierre  de  la  Escuela  de  Artes  y  Oficios  por  falta  de  alumnos  y  remata  su
aseveración  “Con  pocas  excepciones  todos  los  centros  sucumbieron  durante  el
segundo  imperio  y  destinaron  sus  locales  a  otros  propósitos”.20  El  texto  de  la
doctora Staples nos remite, a su vez a otro en donde pareciera se encuentra la
fuente de esta mala interpretación historiográfica. Este es el de Guadalupe Monroy
“Instrucción pública”, que forma parte de la obra de Historia Moderna de México,
que  coordinó  Daniel  Cosío  Villegas  en  1956.  (D.  20)  En  su  texto  Guadalupe
Monroy  señala  que  “El  imperio  ordenó  el  cierre  de  todos  los  colegios  de  los
Estados  de  acuerdo  con  la  ley  de  Instrucción  del  27  de  diciembre  de  65”.21  Al
revisar la ley del 27 de diciembre de 1865, dada por el emperador Maximiliano, en
ninguno de sus artículos se habla del cierre de escuelas por motivo alguno, incluso
se  hace  alusión  de  mantenerlas  tal  y  como  venían  funcionando  en  espera  de
reformarlas. Pareciera, más bien, que el texto aludido de Monroy fue escrito aún al
calor de las pasiones partidistas vigentes, todavía, en la primera mitad del siglo
pasado, por lo cual se debería de exaltar el papel de los liberales y desdeñar la
acción monarquista. Desafortunadamente, esta postura pareciera vigente en los
autores referidos lo cual los llevó a repetir los mismos errores. Como se indicó
anteriormente, la intención de esta aclaración es con el fin de dar a cada uno su
justo valor frente a la historia y señalar su apoyo al desarrollo de la educación, en
general, y particular de la educación técnica en México. (D. 21)

20 Cf., Anne Staples, “Alfabeto y catecismo, salvación del nuevo país”, en Josefina Zoraida
Vázquez y José María Kazuhiro Kobayashi, La educación en la historia de México, México, El
Colegio de México, Centro de Estudios Históricos, 2005, p. 78. (Lecturas de Historia Mexicana 7).
21 Cf., Guadalupe Monroy “Instrucción pública”, en Luis González et. al.: La república restaurada
La vida social, (Daniel Cosío Villegas: Historia Moderna de México, III), México, Editorial Hermes,
1956, p. 722.





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